Legislación
NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA DE INTERÉS PARA LOS FHN INTERINOS EN ABUSO DE TEMPORALIDAD (Orden cronológico invertido)
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantiene que no puede conceder ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad porque iría contra la Constitución española y reitera su doctrina vigente desde 2018 sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en el funcionario interino [Sentencias a dos de los recursos de casación del pasado 11 de Febrero]
Sentencia 27/2025, de 29 de enero de 2025. Cuestión de inconstitucionalidad 2796-2024. Planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en relación con las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. “Las plazas convocadas en procesos de estabilización según las leyes estatales anteriores de 2017 y 2018 que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos, aunque estuviera y siguieran convocadas.”
Denuncia a España ante la Comisión Europea por infracción del Derecho de la UE por el abuso de temporalidad en el empleo público. Campaña realizada por interinos que se pueden sumar siguiendo las instrucciones:
REVISTA DE JURISPRUDENCIA LABORAL – Número 7/2024 “Funcionarias interinas y su conversión en funcionarias fijas sin adquirir la condición de funcionarias de carrera. La temporalidad abusiva en el empleo público y su transformación judicial en fijeza como sanción, con el límite de la interpretación contra legem del Derecho español.” Autores: Casas Baamonde, María Emilia (Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Complutense de Madrid. Presidenta Emérita del Tribunal Constitucional)
Sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una «interpretación conforme» del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisprudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 22 de febrero de 2024 (*) «Procedimiento prejudicial. Política social, Directiva 1999/70/CE Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada. Cláusula 5 Medidas que tienen por objeto prevenir y sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada Medidas legales equivalentes»
Publicado Real Decreto-Ley para que AAPP hagan un proceso «escoba» de concurso de méritos con las plazas de temporales de antes de 2016 que se convocaron a otros procesos y no hayan superado.
Orden HFP/1330/2022, de 29 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Secretaría-Intervención, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Orden HFP/1328/2022, de 23 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Secretaría, categoría de Entrada, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Orden HFP/1329/2022, de 29 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública. Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido «carreras» por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores.
Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado «Sánchez Ruiz»: hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo.
Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.
PROCEDIMIENTOS DE INFRACCIÓN
La Comisión Europea mantiene abiertos dos procedimientos de infracción contra España sobre posibles violaciones de las leyes nacionales de la Directiva 1999/70/CE en el empleo público:
1º. Procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224], en cuanto a discriminación de los temporales con el fijo.
2º. Procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] sobre incumplimiento de la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad de la citada directiva, este último tras la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles CHAP(2013)01917.
https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/inf_24_3228